jueves, 8 de julio de 2010

Los fotografos tambien tenemos derechos...

Después de muchas indagaciones, me gustaría escribir este artículo el cual recoge algunas consultas jurídicas efectuadas por compañeros, respecto a la libertad de hacer una foto. Cuando debo hacerle caso a un Guarda Jurado que me increpe por hacer una foto a un edificio y cuando puedo callarle la boca llamando a la policia y con la Ley en la mano que me deje actuar, ya que aunque no lo parezca, los fotógrafos, también tenemos derechos.

Después de indagar por foros y consultas a juristas, me quedo con estas citas que creo que son muy reveladoras, sobre todo, porque vienen abaladas por los artículos legislativos que las respaldan:

"..Nadie goza del derecho al honor y la intimidad cuando está en la vía pública. Nadie. Ni los militares, jueces, policías, etc." 

Es decir, se le puede hacer fotos a todo el mundo sin tener que pedir ningún tipo de permiso. Otra cosa es el uso que se haga de esas fotos. La utilización, publicación o distribución de la foto realizada no puede denigrar o menospreciar a la persona retratada ni causarles daños morales o económicos.

Evidentemente, es muy sujetivo esto: que si un Guardía Civil se me acerca con un Rottweiler y un subfusil bajo el brazo y me dice que deje de hacer fotos, pues...yo al menos...me guardo la cámara. Preguntaría el porqué de la prohibición…pero la cámara me la guardo.

Ahora, si un guardia jurado me insta a dejar de hacer fotos que la ley no prohíbe hacer, llamo en seguida a la policía y me quedo allí hasta que llegue. Está claro.

También está clarísimo, según la ley y la jurisprudencia relevante, que desde la vía pública se pueden hacer fotos de cualquier inmueble, monumento u otra estructura fija e inamovible que ocupe la vía, sean cuales sean los ‘motivos de seguridad’ o los derechos de Propiedad Intelectual que pueda tener el dueño o arquitecto del inmueble. La única excepción son las instalaciones militares, y eso es algo más complejo para debatir otro día.

Mi política en este sentido es ser respetuoso cuando se trata de un lugar privado o cuando la foto que quiera hacer podría herir alguna sensibilidad. Es decir: probar, y si me pillan, desistir – pero porque quiero. Pero si quiero hacer una foto en un lugar público (estación de tren, aeropuerto, centro comercial, etc.) y me dicen que no puedo…insisto en mi derecho de hacer la foto y reclamo la presencia de la policía. No hay debate..." 

De la misma fuente sobre lo que se considera lugar público:

"...Se considera lugar público aquel en el cual se reúne o se transita sin impedimento ni restricción cualquier miembro del público que así lo desee."

Normalmente se añade a esta consideración el hecho de que no se cobra nada para entrar. Por ejemplo, las estaciones de tren son propiedad de RENFE/ADIF, pero se consideran lugares públicos, igual que los centros comerciales.

Entonces, no pueden prohibir la toma de fotos de acuerdo con lo que recoge la Ley de la Propiedad Intelectual....PEEEEEEROOOOOOO, sí tienen otros derechos, como el de prohibirte la entrada por los motivos que quieran, ya que es su propiedad. Es decir, te pueden decir amablemente...'señor, abandone el recinto'...y te tienes que ir. Lo que no pueden decir es 'te puedes quedar, pero no puedes hacer fotos'. Parece lo mismo, pero no lo es. O te echan, o puedes hacer las fotos que quieras. En el primer supuesto, el propietario ejerce un derecho legítimo. En el segundo, viola un derecho legítimo tuyo: el de hacer fotos en un lugar público.

En cualquier caso, si alguien te echa de un lugar público, aunque sea de titularidad privada…llama a la policía. Así de fácil..."
 
En una consulta jurídica a "el abogado del navegante" se puede constatar que en el 99% (salvo en motivos de seguridad nacional, joer como suena esto) de las ocasiones nadie, y digo bien NADIE, te puede prohibir hacer una fotografía en la vía pública o lugares de acceso al público, sea persona, animal o cosa, lo que pasa es que en la actualidad mola mucho eso de la guerra preventiba, es decir, te casco la foto por lo que puedas hacer en un futuro.
No señores, la foto es mía, cualquier persona, animal y u cosa que esté en la vía publica es susceptible de que le pueda hacer una foto con total libertad, otra cosa es el uso que le de yo a esa fotografía, pero bueno, si hago mal uso entonces que me busquen, pero no antes.
Resumiendo amigos, si en otra ocasión os llama el guarda de seguridad de turno porque estais haciendole fotos a un edificio, digamos.....El Corte Inglés, por ejemplo tenemos dos posibilidades, cogemos la cámara, nos callamos y nos vamos, o le plantamos el artículo 35.2 de la Ley de Propiedad Intelectual, con policia incluida si se pone brabucón y el cual dice y cito textualmente:

"las obras situadas permanentemente en parques, calles, plazas u otras vías públicas pueden ser reproducidas, distribuidas y comunicadas libremente por medio de pinturas, dibujos, fotografías y procedimientos audiovisuales". 
 
No os voy a engañar la primera opción es la mas cómoda y rápida, pero os aseguro que si elegimos la segunda, a ese guarda jurado, no le van a quedar ganas de volver a decir nada, cuando vea una persona con cámara haciendo fotos a "su" edificio.  Para aquellos que quieran leer os dejo el enlace a la Ley de Propiedad Intelectual sobre todo en sus artículos 35 y 128

Cuando todo esto no es aclaratorio para la parte instigante, es decir, para la persona que nos quiere impedir hacer la fotografía y tiene intenciones de llegar a mas (también depende de las ganas que tengamos nosotros) podemos, incluso llegar al Código Penal y aquí os dejo mas información:

"...Es difícil explicar el tema, sobre todo si no se tienen nociones de derecho, pero abundando en lo dicho, nuestro Código Penal, en su artículo artículo 172 castiga al que sin estar legítimamente autorizado impidiere a otro con violencia hacer lo que la Ley no prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto.

Es decir, si una Ley (con mayúsculas y por lo tanto emanada del Parlamento) no prohibe hacer fotos, nadie puede prohibirlo. Menos aún con violencia o intimidación. Dicha violencia o intimidación puede ser sobre las personas, pero también sobre las cosas. Es decir, sobre nuestra cámara o tarjeta de memoria.

No obstante, esta puntualización debe ser valorada con cautela, es algo más complejo de lo que en principio parece. En cualquier caso, si a mí se me quisieran intervenir o retirar la cámara, borrar las fotos, etc., quizás si no hilan muy fino tendrían un problema..." 

Así que después de leer esto, creo que muchas veces, y se incluye el que suscribe estas palabras, por quitarte problemas de encima, terminas agachando la cabeza, dando media vuelta y quedandome sin la foto que había visto, cuando en definitiva y teóricamente estoy respaldado por la ley, siempre y cuando, no medie un fin lucrativo, sino, meramente a nivel aficionado.

Basado en un artículo de:  Enfocando.com

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